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Jurídica

¿Puedo adelantar la entrega de mi inmueble?

Claro que sí, en caso que quieras tu inmueble antes y siempre y cuando este se encuentre terminado, se puede solicitar la entrega anticipada, caso en el cual se deberá ajustar el plan de pagos de tal forma que previo a la fecha de entrega del inmueble, este se encuentre a paz y salvo por todo concepto puedan así mismo reprogramarse.

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¿Qué debo hacer para excluir o incluir a una persona de la negociación?

Debe radicar una carta en nuestra oficina con el área de servicio al cliente, firmada por el cedente y el cesionario, manifestando la intención y porcentaje a ceder, solicitud que será estudiada por el área encargada y una vez aprobada la misma, se realizará un proceso de verificación para la vinculación del nuevo cesionario o exclusión del cedente. Importante tener en cuenta que en algunos casos dicha cesión, tiene un costo.

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¿Qué sucede si no puedo acudir el día programado para la firma de la escritura?

Deberá usted informar previamente, sustentando el por qué no puede acudir, para que se revise la posibilidad de modificar la fecha. De lo contrario, podrá usted otorgar autorización, a una persona de su confianza, por escrito, con reconocimiento de firmas ante notario.

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¿En qué momento se determina la fecha de escrituración y entrega del inmueble?

Dado que cuando se inician las actividades comerciales de un nuevo proyecto, estas se llevan a cabo en desarrollo de una fiducia de preventas, es tan solo hasta el momento en que se obtenga el punto de equilibrio, cuando puede definirse según cronogramas de obra, las fechas de escrituración y entrega, razón por la cual no es posible señalar una fecha precisa antes que se cumpla este requisito.

Si la negociación se adelanta después de obtenido el punto de equilibrio, esta se formaliza con la firma del contrato de promesa de compraventa, el cual ya tendrá definidas estas fechas, que obedecerán al plan de pagos establecidos por el cliente y a su cumplimiento.

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¿Cuándo se firma la promesa de compraventa del inmueble?

La promesa de compraventa estará lista para su firma,  una vez se llegue al punto de equilibrio y este sea certificado por la fiducia. El punto de equilibrio se obtiene una vez se cumplan las siguientes condiciones:

  • Comercial: porcentaje de inmuebles vendidos.
  • Técnico:
  • Financiero: carta aprobación crédito constructor.
  • Legal: estudio de títulos favorable.
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¿Qué sucede si no puedo acercarme a firmar personalmente la promesa?

Inversiones Milenium, dispone de personal, que le llevara a su domicilio o lugar de trabajo, el documento para su revisión y firma, coordinando  previamente con usted. De lo contrario, podrá usted autorizar a una persona de su confianza, mediante documento escrito y autenticado, para que firme en su representación.

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